Sala ratifica sentencia en caso Sepur Zarco. El Tribunal sobre elevado Riesgo A, presidido por la jueza Yassmin Barrios, dicto sentencia en este caso el 26 de febrero de 2016, seguidamente de un mes sobre proceso publico.

12/07/2022

Sala ratifica sentencia en caso Sepur Zarco. El Tribunal sobre elevado Riesgo A, presidido por la jueza Yassmin Barrios, dicto sentencia en este caso el 26 de febrero de 2016, seguidamente de un mes sobre proceso publico.

El tribunal hallo culpable al teniente coronel retirado Esteelmer Reyes Giron, excomandante sobre la Base Militar Sepur Zarco, desplazandolo hacia el pelo al excomisionado militar Heriberto Valdez Asig, de todo el mundo las cargos imputados por la fiscalia y los condeno a 120 desplazandolo hacia el pelo 240 anos, respectivamente.

El tribunal sentencio an ambos funcionarios a 30 anos sobre prision por crimenes contra las deberes de la humanidad contra 14 mujeres que han sido victimas sobre brutalidad sexual asi­ como esclavitud sexual y domestica. El tribunal Ademi?s encontro al teniente coronel Reyes Giron responsable del crimen de Dominga Cuc asi­ como sus dos hijas, condenandolo a 30 anos mas por cada una sobre estas victimas, por la pena total sobre 120 anos. El tribunal ademas determino que Valdez Asig era responsable sobre la https://datingranking.net/es/romancetale-review/ desaparicion forzada de siete hombres, los esposos de las chicas victimas en este caso. El tribunal impuso una sentencia sobre 30 anos de vida por cada la de estas victimas, por la pena total de 240 anos de vida.

Sepur Zarco seri­a el primer caso en que un tribunal guatemalteco procesa por delitos sobre salvajismo sexual y esclavitud relacionados con el enfrentamiento armado que padecio el pais dentro de 1960 y 1996. Activistas de las derechos humanos en todo el mundo han calificado el litigio igual que historico, afirmando que demuestra el compromiso de Guatemala sobre garantizar el derecho de estas victimas a la certeza desplazandolo hacia el pelo la equidad en casos de crimenes graves y representa un transito importante en la guerra mundial Con El Fin De acabar con la totalidad de las clases sobre furor contra las mujeres.

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Ada Valenzuela, directora ejecutiva sobre la Union Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAM-G), la de estas organismos que representan a las mujeres de Sepur Zarco en el proceso, dijo estar “sumamente satisfecha” sobre que la sentencia haya sido ratificada. “Esta decision confirma nuestro compromiso con las valientes mujeres sobre Sepur Zarco, cuyos testimonios son la base de este trascendente precedente historico”.

La proteccion dispone de quince dias de presentar un medio de casacion ante la Camara Penal sobre la perfil Suprema sobre neutralidad, como ultima instancia de transformar la sentencia. No obstante, todavia esta pendiente sobre que la Corte Constitucional (CC) resuelva en definitiva referente a el amparo interpuesto por el licenciado Moises Galindo, defensor sobre Reyes Giron, antes de que iniciara el causa, en febrero sobre 2016. Galindo interpuso el amparo seguidamente sobre que la Corte Suprema sobre neutralidad rechazara la recusacion planteada en contra las juezas del tribunal, Yassmin Barrios asi­ como Patricia Bustamante, con las que alego sostener enemistad. Si la CC otorga el amparo a Galindo, es probable que ordene repetir el litigio.

Analisis de la resolucion

La Sala sobre Apelaciones fue presidido por el magistrado Carlos Enrique Casado Max, con la participacion sobre los magistrados Gloria Dalila Suchite Barrientos y Rafael Morales Solares.

La apelacion interpuesta por el acusado Heriberto Valdez Asig planteo varias impugnaciones en el procedimiento asi­ como la sentencia. En primer sitio, impugno que el Tribunal sobre elevado peligro A conocio el transcurso, a pesar de que se habia presentado un amparo cuestionando la imparcialidad sobre 2 miembros del tribunal.

Igualmente impugno la rechazo del tribunal de asentir novedosas pruebas que su licenciado defensor intento que se admitiera en el cursillo del juicio publico. La apelacion alego Asimismo que hubo violacion de la cadeneta de custodia de las restos de estas osamentas al carecer un ritual establecido.

Afirmo que la jueza modifico ilicitamente la incriminacion original al suprimir una data desplazandolo hacia el pelo especificando responsabilidades individuales, e impugno la idoneidad de los expertos Rita Laura Segato y no ha transpirado Prudencio Garcia Martinez.

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La apelacion sobre Valdez Asig igualmente cuestiono que hayan admitidos mas de 20 testimonios que habian sido aceptados en primera instancia igual que proclamacion testimonial en adelanto de prueba, estando las testigos presentes en el debate. Ademas impugno la proclamacion de las testigos Agustin Chen y no ha transpirado Miguel garbo Caal, argumentando que tenian idoneidad de fallar porque eran excomisionados militares.

En la resolucion, la Sala dictamino que las impugnaciones planteadas en esta apelacion no eran concretas ni especificos. El enjuiciador se refirio al hecho de que las testigos presentados por el acusado testificaron en las cualidades del procesado, pero nunca en las crimenes sobre las que fue acusado. Para finalizar, sostuvo que el tribunal de primera instancia siguio la jurisprudencia en sus decisiones referente a la admision sobre competiciones asi­ como sobre referente a las testimonios sobre testigos y sobre expertos.

Respecto a la enemistad dentro de Galindo y las juezas Barrios desplazandolo hacia el pelo Bustamante, la Sala de Apelaciones sostuvo que esta no tuvo motivo en la sentencia dictada por el tribunal en este caso y que la misma se habia abordado en la etapa inicial del procedimiento.

Galindo ademas busco impugnar que las testimonios brindados en clase de demostracii?n anticipada de las hembras sobrevivientes, que fueron grabadas a lo largo de la fase previa al litigio desplazandolo hacia el pelo aceptadas como demostracii?n, han sido presentados ante las tribunales. A lo largo de el juicio publico, Galindo objeto repetidamente estos testimonios asi­ como su incapacidad de inquirir a las hembras supervivientes. El tribunal de apelacion determino que esos testimonios han sido debidamente evaluados por el tribunal conveniente, que determino que era apropiado aceptarlos igual que prueba anticipada en esa etapa del transcurso. El tribunal Asimismo senalo que la apelacion no presenta pruebas sobre que exista una jurisprudencia u una diferente prohibicion que impida que las testigos que testifican durante la etapa previa al causa de un caso asistan a la audiencia de causa.

Por ultimo, la Sala de Apelaciones ademas rechazo la solicitud sobre los defensores sobre poner a sus defendidos la jurisprudencia sobre gracia de 1986. La Sala indico que esa normativa fue derogada en la jurisprudencia de Reconciliacion Nacional de 1996, desplazandolo hacia el pelo que las crimenes relacionados con este caso nunca son objeto de amnistia.